Funciones de un administrador de fincas
De conformidad con el artículo 20 de la Ley de propiedad Horizontal, corresponde al administrador:
- Velar por el buen régimen de la casa, sus instalaciones y servicios
Preparar el plan de gastos e ingresos. - Atender a la conservación y entretenimiento de la casa.
- Ejecutar los acuerdos adoptados en materia de obras y efectuar los pagos y realizar los cobros.
- Actuar, en su caso, como Secretario de la Junta, custodiando la documentación.
- Llevar a cabo aquellas atribuciones que le confiera Junta.
- Asesorar a la comunidad.
- Controlar los proveedores.
- Dar cuenta de siniestros a las compañías de seguros.
- Ocuparse de las relaciones laborales con los empleados de la finca, aplicando las normas de convenio y las modalidades contractuales más favorables, practicando las liquidaciones de la Seguridad Social y las que fiscalmente procedan.
- Llevar una adecuada contabilidad.
- Advertir sobre la morosidad.
- Lo más importante, el mantenimiento de la convivencia entre los componentes de la comunidad.
- Además, cuando actuamos como Secretario de la Comunidad, que es casi en todos los casos, de acuerdo con el Presidente debe convocar la Junta, asistir a la reunión, que normalmente dirige, redactar el acta y practicar las notificaciones que procedan.
Servicios que se ofertan
- RECIBOS.- Confección y emisión mensual o cualquier otro periodo, de los recibos de participación en GASTOS COMUNES, tanto en soporte magnético como en papel a cada propietario.
- CONTABILIDAD.- Llevanza de la contabilidad general de la Comunidad siguiendo las directrices marcadas por el Plan General Contable, con detalle individualizado de las distintas partidas de gastos.
- INFORMES.- Remisión de informes de estado de la Comunidad, semestral y anual, a todos los vecinos, con detalle de Ingresos, Gastos y Cuotas pendientes enviada a todos los vecinos, bien por correo electrónico u otro sistema. Al Presidente o junta directiva el envío de información económica es trimestral, con independencia de que en cualquier momento, pueden requerirnos aclaración o información sobre el extremos que deseen de su Comunidad.
- JUDICIAL.- Gestión amistosa o judicial al cobro de los morosos.
- ASISTENCIAS.- Asistencias a Juntas Generales, actuando como Secretario, levantando Actas de las mismas, asesorando en materias jurídicas, administrativas, económicas, con envío de copias de Actas a todos los propietarios, así como las correspondientes anotaciones de las mismas en el libro oficial de Actas de la Comunidad.
- ESCRITOS.- Confección de toda clase de escritos relativos a instancias, convocatorias de Juntas, reclamaciones avisos, circulares informativas etc.
- DOCUMENTOS.- Custodia de todos los documentos comunitarios: contabilidad informatizada, Actas de Juntas, Inspección de Trabajo, Sanitarias etc.
- REPARACIONES.- Gestión de reparaciones por averías, facilitando el personal laboral necesario si la comunidad de propietarios así lo requiere.
- SEGUROS.- Gestión ante las compañías de seguros, para las indemnizaciones por siniestros.
- VIGILANCIA.- Gestión de contratación de los servicios de portería, vigilancia, jardinería y limpieza general de los edificios.
- CONTRATACIONES.- Gestión de contratación de servicios de agua, ascensor, luz, gas etc., para la Comunidad.
- VISITAS PERIODICAS AL INMUEBLE.- Se trata de comprobar el estado del inmueble, especialmente cuando existen obras para la resolución de posibles problemas.
- OTROS.- Velar que se respeten los Estatutos comunitarios. Efectuar cobros y pagos, en su caso de la Comunidad. En general, realizar tareas administrativas, contables, jurídicas, laborales y asesoramiento técnico.
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